Me apunto al deporte y la ciencia.
El hombre a lo largo de la historia se ha preocupado del cuerpo y de la mente. Físico e intelecto. La mente habita en el cuerpo, hogar y vehículo que esta necesita como alojamiento, refugio, observatorio y medio con el que desplazarse. Ya desde antiguo se dijo: "Mens sana in corpore sano".
Mens sana in corpore
sano
Mens sāna in corpore sānō es una cita
latina que proviene de las Sátiras (recopilación de poemas satíricos
) de Juvenal (Décimo Junio Juvenal, fue un poeta
latino de finales del siglo I y comienzos del siglo II, autor de
dieciséis Sátiras). La cita completa es Orandum est ut sit mens sāna in corpore
sānō (Sátira X, 356). Nació en la civilización de la Grecia Clásica.
Civilización que se aplicó con devoción a la práctica del deporte y lo
interiorizó de un modo profundo, impregnando su cultura, su arte, su vida
diaria, e incluso su religiosidad y su política.
Su sentido original es el de la necesidad
de orar para disponer de un espíritu equilibrado en un
cuerpo equilibrado.
En Latín
fortem posce animum mortis terrore
carentem,
qui spatium vitae extremum inter munera
ponat
naturae, qui ferre queat quoscumque
labores,
nesciat irasci, cupiat nihil et potiores
Herculis aerumnas credat saevosque labores
et venere et cenis et pluma Sardanapalli.
monstro quod ipse tibi possis dare; semita
certe
tranquillae per virtutem patet unica
vitae.
Traducción al Español
Se debe orar que se nos conceda una mente
sana en un cuerpo sano.
Pedid un alma fuerte que carezca de miedo
a la muerte,
Que considere el espacio de vida restante
entre los regalos de la naturaleza.,
Que pueda soportar cualquier clase de
esfuerzos,
Que no sepa de ira, y esté libre de deseos
Y crea que las adversidades y los
terribles trabajos de Hércules son mejores que las satisfacciones, la fastuosa
cena y la placentera cama de plumas de Sardanápalo.
Te muestro lo que tú mismo puedes darte,
con certeza que la virtud es la única senda para una vida tranquila.
UNESCO: Organización
de las Naciones Unidas para la Educación, la Ciencia y la Cultura
Carta internacional
de la Educación Física, la Actividad Física y
el deporte
Principios de
ética y calidad para fomentar la participación de todos
La Carta internacional de la Educación
Física, la Actividad Física y el Deporte es un documento de referencia basado
sobre los derechos humanos, que orienta y respalda el proceso de toma de
decisiones y las políticas deportivas.
Adoptado en 1978 (durante la 20ª
Conferencia General de la UNESCO. La Carta está disponible en 6 idiomas: árabe,
mandarín, español, francés, inglés y ruso), el texto original de la
Carta fue considerado como innovador – ya que fue el primer documento en
declarar que “la práctica de la educación física y del deporte es un derecho
fundamental de todos.”
Inspirada en el espíritu universal de la
Carta original e integrando las principales evoluciones en el ámbito del
deporte desde 1978, la Carta revisada (18 de noviembre del 2015 durante de la
38ª sesión de la Conferencia General de la UNESCO) introduce nuevos
principios universales, tales como la igualdad de los géneros, la
no-discriminación y la inclusión social dentro de y vía el deporte. Este texto
también subraya los beneficios de la actividad física para la durabilidad del
deporte, la inclusión de las personas con discapacidad, así como la
protección de los niños.
Este texto único es la expresión de la
visión común de todos los actores implicados en el deporte: que sean atletas
profesionales o aficionado, árbitros, representantes de las autoridades
públicas o de organismos deportivos, los operadores de apuestas deportivas, los
medios, los Organismos No-Gubernamentales, los administradores, los educadores,
las familias, la profesión médica, pero también todas las partes implicadas.
Esta Carta promueve el acceso inclusivo al
deporte para todos, sin forma de discriminación. Sienta las bases de ética y
calidad para todos los actores encargados de diseñar, implementar y evaluar los
programas y las políticas deportivas.
Aplicaciones de la Carta
El artículo 12.3 de la Carta indica las principales aplicaciones
de esta:
- promoción,
- desarrollo/reparto de indicadores e otras herramientas de
seguimiento y evaluación,
- programas educativos,
- intercambio de buenas prácticas,
- desarrollo de capacidades.
UNESCO va a trabajar con gobiernos y demás actores para
desarrollar una metodología para el seguimiento internacional de la Carta del
Deporte.
Carta Internacional revisada (18 de noviembre del 2015)
de la Educación Física, la Actividad Física y el Deporte
Preámbulo
La Conferencia general de la UNESCO
1. Recordando que
en la Carta de las Naciones Unidas los pueblos proclamaron su fe en los
derechos fundamentales del hombre y en la dignidad y el valor de la persona
humana, y afirmaron estar resueltos a promover el progreso social y a elevar el
nivel de vida,
2. Recordando que,
según lo dispuesto en la Declaración Universal de Derechos Humanos, toda
persona tiene todos los derechos y libertades proclamados en ella, sin
distinción alguna de raza, color, sexo, idioma, religión, opinión política o de
cualquier otra índole, origen nacional o social, posición económica, nacimiento
o cualquier otra condición,
3. Convencida de
que una de las condiciones del ejercicio de los derechos humanos es que todas
las personas dispongan de la libertad y la seguridad para desarrollar y preservar
su bienestar y sus capacidades físicas, psicológicas y sociales,
4. Haciendo hincapié en
que los recursos, el poder y la responsabilidad de la educación física, la
actividad física y el deporte deben asignarse sin discriminación alguna, ya sea
ésta sexista o fundada en la edad o la discapacidad, o de cualquier otro tipo,
a fin de superar la exclusión experimentada por los grupos vulnerable o
marginados,
5. Reconociendo que
la diversidad cultural de la educación física, la actividad física y el deporte
pertenece al patrimonio inmaterial de la humanidad y comprende el juego físico,
el esparcimiento, la danza, así como los deportes y juegos organizados,
informales, competitivos, tradicionales e indígenas,
6. Reconociendo también que
la educación física, la actividad física y el deporte pueden reportar diversos
beneficios individuales y sociales, como la salud, el desarrollo social y
económico, el empoderamiento de los jóvenes, la reconciliación y la paz,
7. Destacando que
la oferta de educación física, actividad física y deporte de calidad es
esencial para realizar plenamente su potencial de promoción de valores como el
juego limpio, la igualdad, la probidad, la excelencia, el compromiso, la
valentía, el trabajo en equipo, el respeto de las reglas y las leyes, la
lealtad, el respeto por sí mismo y por los demás participantes, el espíritu
comunitario y la solidaridad, así como la diversión y la alegría,
8. Subrayando que
para lograr que la educación física, la actividad física y el deporte sean de
buena calidad todo el personal, tanto el profesional como el voluntario, debe
tener acceso a una formación, una supervisión y un asesoramiento
apropiados,
9. Subrayando asimismo que
las primeras experiencias de juego con los padres y cuidadores y una educación
física de calidad son vías de acceso esenciales para que los niños adquieran
las competencias, las actitudes, los valores, los conocimientos, la comprensión
y el disfrute necesarios para participar a lo largo de toda la vida en la
actividad física, el deporte y la sociedad en general,
10. Subrayando además que
la educación física, la actividad física y el deporte deberían procurar
promover vínculos más estrechos entre las personas, la solidaridad, el respeto
y el entendimiento mutuos, así como el respeto de la integridad y la dignidad
de todo ser humano,
11. Insistiendo en
que una acción concertada y la cooperación entre las partes interesadas en
todos los niveles son los requisitos previos para la protección de la
integridad y los posibles beneficios de la educación física, la actividad
física y el deporte contra las amenazas que representan la discriminación, el
racismo, la homofobia, el acoso y la intimidación, el dopaje, la manipulación,
el entrenamiento excesivo de niños pequeños, la explotación sexual, la trata de
personas, así como la violencia,
12. Consciente de
que la educación física, la actividad física y el deporte pueden enriquecerse
cuando se practican de modo responsable en el entorno natural, y que ello
infunde respeto por los recursos de la Tierra y contribuye a poner empeño en
conservarlos y utilizarlos para el mayor bien de la humanidad,
13. Proclama que
esta Carta internacional pone la educación física, la actividad física y el
deporte al servicio del desarrollo humano e insta a todos y en especial a los
gobiernos, las organizaciones intergubernamentales, las organizaciones
deportivas, las entidades no gubernamentales, los círculos empresariales, los
medios de comunicación, los educadores, los investigadores, los profesionales y
los voluntarios del deporte, los participantes y su personal de apoyo, los
árbitros, las familias, así como los espectadores, a adherirse a esta Carta y
difundirla a fin de que sus principios puedan convertirse en realidad para
todos los seres humanos.
*
* *
Artículo 1 – La práctica de la educación
física, la actividad física y el deporte es un derecho fundamental para todos
1.1 Todo ser humano tiene el derecho
fundamental de acceder a la educación física, la actividad física y el deporte
sin discriminación alguna, ya esté ésta basada en criterios étnicos, el sexo,
la orientación sexual, el idioma, la religión, la opinión política o de
cualquier otra índole, el origen nacional o social, la posición económica o
cualquier otro factor.
1.2 La posibilidad de desarrollar el
bienestar y las capacidades físicas, psicológicas y sociales por medio de estas
actividades debe verse respaldada por todas las instituciones gubernamentales,
deportivas y educativas.
1.3 Se han de ofrecer posibilidades
inclusivas, adaptadas y seguras de participar en la educación física, la
actividad física y el deporte a todos los seres humanos, comprendidos los niños
de edad preescolar, las personas de edad, las personas con discapacidad y los
pueblos indígenas.
1.4 La igualdad de oportunidades de
participar e intervenir a todos los niveles de supervisión y adopción de
decisiones en la educación física, la actividad física y el deporte, ya sea con
fines de esparcimiento y recreo, promoción de la salud o altos resultados
deportivos, es un derecho que toda niña y toda mujer debe poder ejercer
plenamente.
1.5 La diversidad de la educación
física, la actividad física y el deporte es una característica básica de su
valor y atractivo. Los juegos, danzas y deportes tradicionales e indígenas,
incluso en sus formas modernas y nuevas, expresan el rico patrimonio cultural
del mundo y deben protegerse y promoverse.
1.6 Todos los seres humanos deben
tener plenas posibilidades de alcanzar un nivel de realización correspondiente
a sus capacidades e intereses.
1.7 Todo sistema educativo debe
asignar el lugar y la importancia debidos a la educación física, la actividad
física y el deporte, con miras a establecer un equilibrio y fortalecer los
vínculos entre las actividades físicas y otros componentes de la educación.
Debe también velar por que en la enseñanza primaria y secundaria se incluyan,
como parte obligatoria, clases de educación física de calidad e incluyentes,
preferiblemente a diario, y por qué el deporte y la educación física en la escuela
y en todas la demás instituciones educativas formen parte integrante de las
actividades cotidianas de los niños y los jóvenes.
*
Artículo 2 – La educación física, la
actividad física y el deporte pueden reportar una amplia gama de beneficios a
las personas, las comunidades y la sociedad en general
2.1 Adecuadamente organizados,
enseñados, dotados de recursos y llevados a la práctica, la educación física,
la actividad física y el deporte pueden aportar contribuciones específicas a
una amplia gama de beneficios para las personas, las familias, las comunidades
y la sociedad en general.
2.2 La educación física, la
actividad física y el deporte pueden desempeñar un papel importante en el
desarrollo de los conocimientos básicos sobre la actividad física, el bienestar
y las capacidades físicas de los participantes, al mejorar la resistencia, la
fuerza, la flexibilidad, la coordinación, el equilibrio y el control. Saber
nadar es una competencia esencial para toda persona expuesta al riesgo de morir
ahogada.
2.3 La educación física, la
actividad física y el deporte pueden mejorar la salud mental, el bienestar y
las capacidades psicológicas al fortalecer la seguridad corporal, la autoestima
y la confianza en uno mismo, disminuyendo el estrés, la ansiedad y la
depresión, al aumentar la función cognitiva, y al desarrollar una amplia gama
de competencias y cualidades, como la cooperación, la comunicación, el
liderazgo, la disciplina, el trabajo de equipo, que contribuyen al éxito
mientras se juega y se aprende y en otros aspectos de la vida.
2.4 La educación física, la
actividad física y el deporte pueden acrecentar el bienestar y las capacidades
sociales al establecer y estrechar los vínculos con la comunidad y las
relaciones con la familia, los amigos y los pares, generar una conciencia de
pertenencia y aceptación, desarrollar actitudes y conductas sociales positivas
y reunir a personas de distinta procedencia cultural, social y económica en pos
de objetivos e intereses comunes.
2.5 La educación física, la
actividad física y el deporte pueden contribuir a la prevención y a la
rehabilitación de los que corren el riesgo de caer en la toxicomanía, el
alcoholismo y el consumo excesivo de tabaco, la delincuencia, la explotación y
la más extrema miseria.
2.6 Para la sociedad en
general, la educación física, la actividad física y el deporte pueden reportar
importantes beneficios en los planos de la salud, social y económico. Un estilo
de vida activo contribuye a la prevención de las enfermedades cardíacas, del
diabetes y del cáncer, así como de la obesidad, y contribuye en última
instancia a la disminución de las muertes prematuras. Reduce además los gastos
de salud, aumenta la productividad, y fortalece la participación ciudadana y la
cohesión social.
*
Artículo 3 – Todas las partes interesadas
deben participar en la creación de una visión estratégica que determine las
opciones y prioridades en materia de políticas
3.1 Una visión estratégica de la
educación física, la actividad física y el deporte es un requisito previo para
equilibrar y optimizar las repercusiones de las opciones y prioridades en
materia de políticas en distintos niveles.
3.2 Todas las partes interesadas, en
particular las administraciones nacionales y locales encargadas del deporte, la
educación, los jóvenes, la salud, el ocio activo, el desarrollo, el urbanismo,
el medio ambiente, el transporte y las cuestiones de género y de discapacidad,
así como las organizaciones intergubernamentales, los movimientos olímpico y
paraolímpico, las organizaciones deportivas, las entidades no gubernamentales,
los círculos empresariales, los medios de comunicación, los educadores, los
investigadores, los profesionales del deporte y los voluntarios, los
participantes y su personal de apoyo, los árbitros, las familias, así como los
espectadores, comparten la responsabilidad de formular y respaldar las
políticas relativas a la educación física, la actividad física y el deporte; y
todas las partes interesadas antes mencionadas deberían tener la posibilidad de
ejercer esa responsabilidad.
3.3 Las autoridades públicas a todos
los niveles y las entidades que actúan en su nombre deben tomar medidas para
elaborar y aplicar leyes y reglamentos, definir planes nacionales de desarrollo
del deporte con objetivos claros, y adoptar todas las demás medidas de estímulo
de la educación física, la actividad física y el deporte, comprendida la
prestación de asistencia material, financiera y técnica.
3.4 En las estrategias y políticas
relativas a la educación física, la actividad física y el deporte se ha de
prestar especial apoyo al sector asociativo, proporcionándole una base firme
para su desarrollo y compromiso, fomentar el respeto de la libertad de
asociación y reconocer su contribución a la cultura democrática.
3.5 Una inversión sostenida en la
educación física constituye un componente fundamental del compromiso de todos
los países para con la educación y el deporte, y se deberían proteger e
incrementar las asignaciones presupuestarias para la oferta pública de
programas de educación física de calidad.
3.6 Los Estados y ciudades que
contemplen la posibilidad de acoger grandes eventos deportivos deberían
integrar esta opción en su estrategia a largo plazo para la educación física,
la actividad física y el deporte a fin de propiciar y fortalecer la
participación en la actividad física, así como de contribuir a una mayor
coherencia social.
*
Artículo 4 – Los programas de educación
física, actividad física y deporte deben suscitar una participación a lo largo
de toda la vida
4.1 Los programas de educación
física, actividad física y deporte han de concebirse de tal modo que respondan
a las necesidades y características personales de quienes practican esas
actividades a lo largo de toda su vida.
4.2 Se deberían priorizar las
primeras experiencias positivas del juego y las actividades lúdicas y físicas
para todos a fin de sentar las bases del conocimiento, las competencias, las
actitudes y la motivación que se necesitan para mantener una actividad física y
deportiva a lo largo de toda la vida.
4.3 Al ser la única parte del
currículo escolar dedicada a desarrollar la competencia y confianza de los
alumnos en el deporte y la actividad física, la educación física proporciona
una vía de aprendizaje de las competencias, las actitudes y los conocimientos
necesarios para una actividad física y deportiva a lo largo de toda la vida;
por lo tanto, deberían ser obligatorias en todos los grados y niveles de la
educación clases de educación física de calidad e incluyentes, impartidas por
profesores de educación física cualificados.
4.4 Las políticas y los programas de
educación física, actividad física y deporte deben evaluarse sistemáticamente a
fin de saber en qué medida responden a las necesidades de sus beneficiarios
previstos.
*
Artículo 5 – Todas las partes interesadas
deben procurar que sus actividades sean económica, social y medioambientalmente
sostenibles
5.1 Al planificar, ejecutar y
evaluar sus actividades, los encargados de la educación física, la actividad
física y el deporte, así como los organizadores de eventos deportivos, deben
tomar debidamente en consideración el principio global de la sostenibilidad,
tanto económica como social, medioambiental o deportiva.
5.2 Si bien el consumo creciente de
artículos deportivos puede generar efectos positivos en la economía mundial, la
industria debería encargarse de elaborar e introducir prácticas ecológicas y
que no sean socialmente perjudiciales.
5.3 Deberían evitarse las
incidencias negativas para el entorno natural de las actividades tanto a
cubierto como al aire libre. Los propietarios de las infraestructuras
deportivas tienen la responsabilidad particular de evitar conductas negligentes
que hagan correr peligro a los espectadores, produzcan ruido y desechos,
entrañen la utilización de productos químicos o puedan causar otro tipo de
daños a la naturaleza.
5.4 Todos los participantes en la
realización de grandes eventos deportivos -en particular los propietarios de
los eventos, las autoridades públicas, las organizaciones deportivas, los
socios comerciales, los medios de comunicación- deben velar por que las
comunidades anfitrionas reciban un legado sostenible en lo relativo a los
costos financieros, las consecuencias ambientales y sociales, la utilización
posterior de las infraestructuras y el efecto sobre la participación en el
deporte y la actividad física.
*
Artículo 6 – La investigación,
los datos empíricos y la evaluación son componentes indispensables para el
desarrollo de la educación física, la actividad física y el deporte
6.1 Las decisiones en materia de
políticas deben basarse en datos fidedignos y concretos. Una formulación de
políticas de buena calidad se basa en una información de alta calidad acopiada
de diversas fuentes, a saber, la investigación científica, los conocimientos
especializados, los medios de comunicación, la consulta con las partes interesadas,
y la evaluación y el seguimiento de políticas y programas anteriores.
6.2 Los gobiernos y otras
principales partes interesadas deberían dar inicio y prestar apoyo a
investigaciones en el ámbito de la educación física, la actividad física y el
deporte. La investigación, los datos empíricos y la evaluación deberían ceñirse
a las normas éticas establecidas y no prestarse a aplicaciones inapropiadas en
la educación física, la actividad física y el deporte como el dopaje, las
trampas u otras formas de mala conducta.
6.3 Es esencial acopiar y difundir
los resultados de la investigación, los estudios de evaluación y otros
documentos sobre la educación física, la actividad física y el deporte. Los
resultados de la investigación científica deberían comunicarse de tal modo que
resulten comprensibles y pertinentes para todas las partes interesadas y el
público en general.
6.4 Los medios de comunicación
pueden desempeñar un papel crucial en el suministro de datos y la
sensibilización a la importancia social, los valores éticos y los beneficios de
la educación física, la actividad física y el deporte. Es a un tiempo una
responsabilidad mutua y una oportunidad de estrechar la cooperación entre los
medios de comunicación, la comunidad científica y demás partes interesadas con
miras a alimentar el debate público y la adopción de decisiones.
*
Artículo 7 – Las actividades de enseñanza,
entrenamiento y administración relacionadas con la educación física, la
actividad física y el deporte deben encomendarse a un personal cualificado
7.1 Todo el personal que asuma la
responsabilidad profesional de la educación física, la actividad física y el
deporte debe tener las cualificaciones, la formación y el perfeccionamiento
profesional permanente apropiados.
7.2 Todo el personal que trabaje en
el ámbito de la educación física, la actividad física y el deporte debe ser
seleccionado y recibir formación en número suficiente para alcanzar y mantener
los niveles de competencias necesarios para el desarrollo cabal y la seguridad
de todas las personas a su cargo. El personal al que se le haya impartido tal
formación debería recibir un reconocimiento profesional acorde con las
funciones que desempeña.
7.3 Debería ofrecerse una formación
y supervisión adecuadas a los entrenadores, directivos y personal de apoyo que
trabajan a título voluntario, por ser un recurso inestimable para el sector, al
desempeñar funciones esenciales, facilitar una mayor participación, velar por
el desarrollo y la seguridad de los participantes y propiciar una amplia
participación en los procesos democráticos y en la vida de la comunidad.
7.4 Se deberían ofrecer amplias
posibilidades concretas de formación inclusiva y adaptable en todos los niveles
de participación.
*
Artículo 8 – Es indispensable que la
educación física, la actividad física y el deporte dispongan de espacios,
instalaciones y equipos adecuados
8.1 Se deben proporcionar y mantener
espacios, instalaciones, equipos y opciones indumentarias adecuados y seguros
para responder a las necesidades de los participantes en la educación física,
la actividad física y el deporte, teniendo en cuenta las diferencias en lo que
respecta al clima, la cultura, el sexo, la edad y la discapacidad.
8.2 Incumbe a las autoridades
públicas, las organizaciones deportivas, las escuelas y demás organismos que
administran instalaciones a todos los niveles aunar esfuerzos para proyectar,
proporcionar y optimizar instalaciones, servicios y equipos destinados a la
educación física, la actividad física y el deporte, teniendo en cuenta las
posibilidades y condiciones que ofrece el entorno natural.
8.3 Los lugares de trabajo privados
y públicos deberían ofrecer actividades físicas y deportivas poniendo las
instalaciones, el personal y los incentivos apropiados a disposición de sus
empleados a todos los niveles, contribuyendo a su bienestar y a una mayor
productividad.
8.4 A fin de propiciar, impulsar y
mantener un estilo de vida activo y saludable entre los ciudadanos, las
autoridades públicas deberían integrar las posibilidades de ejercer una
actividad física y un deporte en todo lo relativo a la planificación urbana,
rural y del transporte.
8.5 Al prever la construcción, el
mantenimiento y el funcionamiento de instalaciones y espacios públicos para la
educación física, la actividad física y el deporte, las autoridades
responsables y los proveedores de infraestructuras deportivas deben procurar
lograr una eficacia máxima en el uso de la energía y los recursos y unas
repercusiones negativas mínimas en el entorno natural.
*
Artículo 9 – La seguridad y la gestión de
los riesgos son condiciones necesarias para una oferta de calidad
9.1 La educación física, la
actividad física y el deporte han de llevarse a cabo en un entorno seguro que
proteja la dignidad, los derechos y la salud de todos los participantes. Las
prácticas y los actos que ponen en peligro la seguridad o entrañan un riesgo
inapropiado son incompatibles con los valores del deporte y exigen una
respuesta categórica e inmediata.
9.2 La seguridad y la gestión de los
riesgos exigen que todas las partes interesadas procuren proscribir en la
educación física, la actividad física y el deporte todas las prácticas que
limiten o lesionen a los participantes, espectadores y educadores,
especialmente los grupos más vulnerables de la sociedad como los niños, los
jóvenes, las personas de edad, las mujeres, las personas con discapacidad, las
personas migrantes y los pueblos indígenas. Las prácticas perjudiciales son,
entre otras, la discriminación, el racismo, la homofobia, el acoso y la
intimidación, el dopaje y la manipulación, la privación de educación, el
entrenamiento excesivo de niños, la explotación sexual, la trata de personas y
la violencia.
9.3 La educación física, la
actividad física y el deporte pueden ser un poderoso instrumento para prevenir
el fenómeno universal de la violencia sexista al hacer frente a sus causas
subyacentes, especialmente las desigualdades entre hombres y mujeres, las
normas sociales perniciosas y los estereotipos de género.
9.4 Es importante que todas
las partes interesadas en la educación física, la actividad física y el
deporte, comprendidos los participantes, los administradores, los docentes, los
entrenadores y los padres, sean conscientes de los posibles riesgos,
especialmente para los niños, que entrañan las competiciones y los métodos de
entrenamiento peligrosos o inapropiados, así como las presiones psicológicas de
todo tipo.
*
Artículo 10 – La protección y promoción de
la integridad y los valores éticos de la educación física, la actividad física
y el deporte deben ser una preocupación permanente para todos
10.1 Todas las formas de actividad
física y deporte deben ser protegidas contra los atropellos. Los graves
peligros que representan fenómenos como la violencia, el dopaje, la explotación
política, la corrupción y la manipulación de competiciones deportivas
constituyen una amenaza para la credibilidad e integridad de la educación
física, la actividad física y el deporte y alteran su función de educación,
desarrollo y promoción de la salud. Los participantes, comprendidos los
árbitros, las autoridades públicas, las autoridades policiales, las
organizaciones deportivas, los operadores de apuestas, los propietarios de
derechos relacionados con el deporte, los medios de comunicación, las
organizaciones no gubernamentales, los administradores, los educadores, las
familias, el personal médico y otras partes interesadas deben colaborar para
aportar una respuesta coordinada a esas amenazas contra la integridad.
10.2 No deben escatimarse esfuerzos
para combatir los efectos dañinos del dopaje, ni para proteger el bienestar y
las capacidades físicas, psicológicas y sociales de los participantes, las
virtudes de la deportividad y el juego limpio, la integridad de la comunidad
deportiva y los derechos de quienes participan en ella en cualquier nivel. Las
autoridades internacionales y nacionales competentes deben aplicar en todos los
niveles de actuación las normas antidopaje universalmente aprobadas.
10.3 La manipulación de las
competiciones deportivas menoscaba los valores más fundamentales del deporte.
Combinada con las apuestas, ofrece posibilidades de negocio a gran escala para
la delincuencia organizada transnacional. Deben adoptarse medidas eficaces para
promover la cooperación nacional e internacional contra la manipulación de las
competiciones deportivas, así como una respuesta coordinada mundial en
consonancia con los instrumentos internacionales pertinentes en vigor.
10.4 Todas las organizaciones y
entidades encargadas de la educación física, la actividad física y el deporte
deberán aplicar los principios del buen gobierno, a saber, procedimientos
democráticos y transparentes para las elecciones y la adopción de decisiones,
consultas periódicas con los grupos de interesados, así como reglas claras para
la redistribución de fondos y la aplicación rigurosa de los principios de
rendición de cuentas y transparencia.
10.5 En el ámbito de la educación
física, la actividad física y el deporte, todos los empleadores deben tomar
debidamente en consideración la salud psicológica y física de sus empleados,
comprendidos los atletas profesionales. Se deben respetar los convenios
laborales internacionales y los derechos humanos básicos, en particular para
impedir el trabajo infantil y la trata de personas.
10.6 A fin de reducir el riesgo de
corrupción y gasto excesivo en relación con los grandes eventos deportivos, los
organizadores de los eventos, las autoridades públicas y demás partes
interesadas deben adoptar medidas para lograr un máximo de transparencia,
objetividad e imparcialidad en la licitación, planificación y acogida de tales
eventos.
10.7 Las autoridades públicas
que prestan apoyo financiero, material o de otra índole a los proveedores de
educación física, actividad física y deporte tienen el derecho y el deber de
verificar y controlar la utilización adecuada de los recursos que han otorgado
en nombre de la sociedad.
10.8 Se invita a las organizaciones
deportivas y las autoridades públicas a estrechar su cooperación con un
espíritu de respeto mutuo y a reducir al mínimo el riesgo de conflictos
definiendo claramente sus respectivas funciones, derechos jurídicos y
responsabilidades mutuas en los ámbitos de la educación física, la actividad
física y el deporte.
10.9 Los programas de prevención que
contienen componentes de educación e información basados en valores son
esenciales. Dichos programas deberían propiciar actitudes positivas con
respecto a la lucha contra el dopaje en el deporte y actitudes negativas por lo
que respecta a las manipulaciones, la corrupción, los comportamientos indebidos
y la explotación, y deberían ser impartidos a los participantes, comprendidos
los árbitros, las autoridades públicas, las autoridades policiales, las
organizaciones deportivas, los operadores de apuestas, los propietarios de
derechos relacionados con el deporte, los medios de comunicación, las
organizaciones no gubernamentales, los administradores, los educadores, las
familias, el personal médico y otras partes interesadas
10.10 Las autoridades públicas y las
organizaciones deportivas deberían alentar a los medios de comunicación a
promover y proteger la integridad de la educación física, la actividad física y
el deporte. Se invita a los medios de comunicación a que cumplan el papel que
les corresponde de observadores críticos de los eventos, las organizaciones y
las partes interesadas, informando al público sobre los beneficios, los riesgos
y los valores educativos de la educación física, la actividad física y el
deporte.
*
Artículo 11 – La educación física,
la actividad física y el deporte pueden desempeñar un papel importante en la
consecución de los objetivos relativos al desarrollo, la paz y las situaciones
posteriores a conflictos o desastres
11.1 Los programas de deporte en
favor del desarrollo y la paz deberían estar encaminados a la erradicación de
la pobreza, así como al fortalecimiento de la democracia, los derechos humanos,
la seguridad, una cultura de paz y no violencia, el diálogo y la solución de
conflictos, la tolerancia y la no discriminación, la inclusión social, la
igualdad entre hombres y mujeres, el Estado de derecho, la sostenibilidad, la
conciencia ambiental, la salud, la educación y el papel de la sociedad
civil.
11.2 Los programas de deporte en favor del
desarrollo y la paz deberían promoverse y aprovecharse para apoyar las
intervenciones de prevención de conflictos y posteriores a conflictos o
desastres, el fortalecimiento de las comunidades, la unidad nacional y otras
iniciativas que contribuyan al buen funcionamiento de la sociedad civil y a los
objetivos internacionales de desarrollo.
11.3 Los programas de deporte en
favor del desarrollo y la paz deberían ser inclusivos, tomar en consideración
las cuestiones de cultura, género, edad y discapacidad, y comprender mecanismos
sólidos de seguimiento y evaluación. Deberían fomentar el arraigo local de los
proyecto y ceñirse a los mismos principios de sostenibilidad e integridad por
los que se rigen otros programas de educación física, actividad física y
deporte.
*
Artículo 12 – La cooperación
internacional es un requisito previo para aumentar el alcance y los efectos de
la educación física, la actividad física y el deporte
12.1 Por medio de la cooperación y
las alianzas internacionales, todas las partes interesadas deberían poner la
educación física, la actividad física y el deporte al servicio del desarrollo,
la paz, la solidaridad y la amistad entre las personas, las comunidades y las
naciones.
12.2 La cooperación y las alianzas
internacionales deberían ser aprovechadas para defender eficazmente, en los
planos internacional, regional y nacional, las importantes contribuciones de la
educación física, la actividad física y el deporte al desarrollo social y
económico, así como para intercambiar y apoyar la investigación y la
información al respecto.
12.3 La cooperación y las alianzas
internacionales entre las autoridades públicas, las organizaciones deportivas y
otras organizaciones no gubernamentales es decisiva para reducir las
disparidades que existen actualmente entre los Estados en el suministro de la
educación física, la actividad física y el deporte. Esto puede lograrse
mediante el intercambio de prácticas idóneas, los programas educativos, la
creación de capacidades, las actividades de promoción, así como los indicadores
y otros instrumentos de seguimiento y evaluación basados en los principios universales
enunciados en la presente Carta.
Datos e información obtenidos de la WEB: http://www.unesco.org/new/es
Fotomonataje aludiendo a la UNESCO, junto a dos niñas de Marsella, verda el Rayo, Carolina y Alejandra.
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